La Confederación Española de la Abogacía Joven (CEAJ) ha propuesto al Ministerio de Justicia la inhabilitación judicial del período comprendido entre el 21 y el 30 de diciembre.
la Abogacía no ha dejado de prestar sus servicios y en muchas ocasiones sin los medios de protección necesarios”. Después de que se habilitase los días 11 al 31 del pasado mes de agosto por el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, se consdera desde esta Aciación que en el “único mes de descanso del que podemos disponer al año, se nos limitara a 11 días naturales, siendo únicamente 6 días inhábiles, algo que sería impensable imponer a cualquier trabajador ya que vulnera el derecho al descanso y a la conciliación”. A pesar de ello, la Abogacía “ha seguido prestando sus servicios esenciales para el Estado de Derecho”.
El problema del atasco judicial no es dejar a los profesionales soin el merecido descando durante el mes de agosto, pues nada se ha resulto. El el problema es la falta de medios personales, materiales y de avances tecnológicos, de un sistema judicla precario, y más propio de la época de algunos de los textos legales vigentes, además de los acomodaticio de muchos funcionarios en según qué juzgados.