La Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 13 de julio de 2020 y número 47/2020, ha fallado que la compañía Gas Natural debe a devolver 350.000 euros a los suministrados. Se trata de 2 comunidades de propietarios que demandaron a la electrica por oscuridad en la clausula de los contratos.
La formula de cálculo debe se clara y entendible, o en otro caso, el contrato devendrá nulo, como ha sido el caso. Literalmente, indica la resolución: “En momento alguno se dignó GAS NATURAL a indicar al tribunal cuál era, en su sentir, el tipo de operación aritmética que la comilla alta (‘) pretendía denotar (…) Lo único que nos consta, acudiendo a fuentes ordinarias de conocimiento y en ausencia de información pericial al respecto, es que los símbolos que alternativamente se utilizan en aritmética para representar la multiplicación son el aspa ( x ), el punto centrado ( · ) o el asterisco ( * ), y desde luego la comilla alta ( ‘ ) no aparece incluida ni entre los símbolos que suelen funcionar como relaciones ni entre los símbolos que funcionan como operadores binarios”