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Así lo ha fijado el Tribunal Supremo en Sentencia de Pleno de la Sala Segunda que ha establecido que la responsabilidad civil derivada así como las indemnización derivadas de dicha declaración, cuando son establecidas en una sentencia penal firme, no prescriben. Declarada la firmeza de la sentencia, el artículo 570 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debe ser interpretado en el sentido de que los pronunciamientos civiles derivados dan lugar a la posibilidad de su ejecución hasta verse satisfechos los legítimos intereses del acreedor.
Por lo tanto no son de aplicación los preceptos del Código civil reguladores del instituto de la prescripción, como tampoco la caducidad.