Nueva estrategia de Wizink para retrasar pleitos revolving

 Desde que comenzaron las reclamaciones de nulidad de intereses de tarjetas revolving, Wizink intentó todo tipo de argucias procesales para retrasar los procedimientos y con ellos las sentencias que les condenan a devolver todos los intereses cobrados por usura.

Primero fueron los informes periciales y la petición de celebración de juicio para practicar la prueba pericial. No sirvió de mucho, ya que dichos informes cuestionaban el criterio del Tribunal Supremo en su sentencia del 25 de noviembre de 2015, y los jueces no estaban por la labor de ir en contra del Supremo.

Después solicitaron, sin éxito, la suspensión de los procedimientos a la espera del nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo, que se produjo con la sentencia del 4 de marzo de 2020. Pocas suspensiones consiguieron, ya que el alto tribunal, tramitó con urgencia el recurso y una vez resolvió que había usura en los intereses de una tarjeta Wizink. Aun  comparando el tipo de interés con la media de las tarjetas revolving, que ya de por sí son extremadamente elevados (en torno al 20%)

Ahora Wizink pide la suspensión en todas actuaciones procesales al entender que la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de las Palmas ante el TJUE es determinante para la resolución de estos procedimientos al centrarse en la compatibilidad de la Ley de Represión de la Usura con el derecho de la Unión Europea y también, si la interpretación que de esa norma ha realizado el Tribunal Supremo es o no contraria al derecho europeo.

Pero hasta el momentos los tribunal están resolviendo que no cabe la suspensión de estos procedimientos a la espera de la resolución que dicte el TJUE, en primer lugar, por cuanto no existe norma legal alguna en la que así se exija, y en segundo lugar, porque de admitirse ésta en todos los supuestos similares que se están tramitando en este órgano se produciría un evidente retraso en su resolución, lo que conllevaría un importante problema de funcionamiento de la Justicia.

Esta negativa de los Juzgado a suspender los procedimeintos, no genera ninguna indefesión, ya que Wizink no vería limitado su derecho a la tutela judicial efectiva, habida cuenta que puede acudir a una segunda instancia para el caso de que se llegue producir una modificación jurisprudencial, como ha ocurrido en procesos anteriores en los que se cuestionaban otro tipo de cláusulas. 

Generalizar la suspensión de procedimientos por el planteamiento de cuestiones prejudiciales comunitarias, provocaría una situación de retraso y paralización, que sólo perjudicaría a los consumidores. Y en este caso beneficiando claramente a la banca, que le daría un respiro ante la avalancha de demandas por usura de intereses, y sentencias que no paran de salir, anulando los contratos de tarjetas revolving Wizink, con devolución de todos los intereses y condenando al pago de costas del procedimiento

 

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(Fuente: Elpaisdelosnegocios)

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