La sentencia nº 632/2020, de 14 de septiembre, de la Audiencia Provincial de Badajoz, Sección Segunda, ha venido a reconocer el derecho a otorgar testamento a una persona con una discapacidad física-psíquica del 70%. La resolución ha declarado que “desde el momento en el que el notario tiene que verificar el cabal juicio del testador sobra ya, por desproporcionada, la privación adelantada del derecho”.
El testador estaba declarado judicilamente incapacitado. Habiendo manifestado en diversas ocasiones su voluntad de que algunos familiares, con los que no tenía contacto ni se habían preocupado pro el, no pudieran disfrutar de su herencia.
Interpuesto recurso por la persona que desempañaba la tutela del incapaz la Audiencia Provincial ha considerado estimar el recurso reconociendo la reintegración de la capacidad del afectado para que pueda testar, sin perjuicio de examen que deba efectuarse por el notario autorizante.
En nuestro despacho la persona es lo primero. Para Jurado Abogado las personas con capacidad distinta han de disfrutar de sus derechos en absoluta igualdad.