Cártel de camiones, a la espera del TJUE sobre plazo

La Comisión Europea inició, como ya sabemos, un proceso de investigación por infracción de las normas de la competencia contra las principales empresas fabricantes de camiones (Man, Daimler, Iveco, Volvo/Renault, Daf, Scvnia), La infracción consiste en la realización de una serie de prácticas colusorias para incrementar los precios de los camiones de entre 6 y 16 toneladas, práctica contraria al Derecho de Competencia de la Unión Europea.

El artículo 1961 del código civil español dispone que las acciones prescriben por el mero lapso del tiempo fijado por la ley. El día 6 de abril de 2017 la Comisión hace publico los extremos que determinaban el dies a quo -a partir de ese momento- a partir del cual comenzaba el plazo para el ejercicio de las acciones de reclamación por los daños y perjuicio irrogados. El plazo de prescripción es de un año para la reclamación de los daños y perjuicio ocasionados por este pacto colusorio. Muchos propietarios no han tenido conocimiento de la posibilidad de reclamar hasta que este plazo ya se ha extinguido. 

Al inicio del procedimiento sancionador, todos los fabricantes de camiones reconocieron su culpa excepto Scania, que continuo adelante, so pretexto de que estaba exenta de responsabilidad. Sin embargo, distinto fue le criterio de la Comisión que finalmente declaró también la culpa de Scania, imponiéndole la correspondiente sanción. Dicha resoluciones se dio a conocer  en diciembre de 2017.

El 27 de  mayo de 2017 el BOE publica el texto del Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo, por el que se transpone, entre otras, la Directiva 2014/104/UE de la Unión Europea en materia de ejercicio de acciones de daños por infracciones del Derecho de la competencia (Directiva). No solo los afectados por la compra de camiones de Scania dispondrían de un plazo mayor (la Directiva prevé un plazo de 5 años para ejercer la acción de reclamación, es decir, hasta 2022), sino que, además, la Directiva prevé la responsabilidad solidaria de todos los partícipes del cártel. Todos los fabricantes deben responder de los daños ocasionados.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea debe ahora decidir, si a tenor de los anterior, el nuevo plazo hasta 2022 aplicable a Scania, por razón de la nueva Directiva y de la solidaridad establecida en la responsabilidad, es también aplicable al resto de fabricantes. en caso de que la resolución fuera favorable se concedería nuevo plazo a todos aquellos que no han podido reclamar para poder dirigirse a los fabricantes y exigirles que respondan por su practica contraria a la competencia.

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