Importante éxito del despacho con un crédito revolving

Nuestro despacho JuradoAbogado ha obtenido un sonado éxito relacionado con un crédito revolving, habiendo conseguido no solo que a nuestro cliente se le anulara la deuda que le reclamaba la financiera, sino además que le tengan que devolver  1.470 €.

Nuestro cliente era acreditado ene un contrato de crédito que tenía la modalidad de revolving. Por circunstancias económicas no pudo seguir pagando las cuotas desde el año 2011. Después de muchos requerimientos, Cetelem demandó al cliente reclamándole la cantidad de 7.000 €. A dicha reclamación que se formuló mediante monitorio, nos opusimos en nombre de nuestro cliente. Ante la oposición, la financiera presentó demanda de juicio ordinario, a la cual nos opusimos y a su vez pedimos mediante reconvención la nulidad del contrato y la devolución de las cantidades pagadas en concepto de intereses. Fundamentamos nuestra postura en que los intereses eran usurarios, además de la existencia de clausulas abusivas.

Finalmente el Juzgado de Primera Instancia de Priego de Córdoba nos ha dado la razón declarando el carácter abusivo del crédito revolving, desestimando la reclamación de Cetelem y anulando el contrato, por lo que la financiera deberá pagar a nuestro cliente la cantidad de 1.400 €.

Entiende la sentencia de primera instancia la concurrencia de las circunstancias necesarias para declarar los intereses del contrato usurarios, conforme al a Ley de represión de la Usura, además de la existencia de otras clausulas abusivas. Sigue la línea ya sentada por al doctrina del Tribunal Supremo en su Sentencias de 25 de noviembre de 2015 y 4 de marzo de 2020.

 

Un nuevo éxito  en temas de tarjetas y contratos revolving, que sitúa a nuestro despacho en la cabeza de las reclamaciones en esta materia. No lo dudes, contacta con nosotros. En JuradoAbogado  te asesoramos sobre tu tarjeta o crédito revolving

 

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