Usar la pegatina de la ITV no superada es delito

El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha fallado que la utilización no autorizada del distintivo oficial de haber superado favorablemente la  Inspección Técnica de Vehículos periódica (ITV) es constitutiva del delito del artículo 399.2 del Código Penal de uso de certificación falsa, en relación con el artículo 400 bis del mismo

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