Día

abril 16, 2020

La Sentencia del Tribunal Supremo 56/2020, de 6 de marzo, no considera que la “rebus sic stantibus” sea de aplicación a los contratos de corta duración, sino exclusivamente a las relaciones contractuales de larga duración. Esta clausula establece que cada parte puede desistir del cumplimiento de la prestación que le atañe cuando, de manera sobrevenida, se...
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