IRPH. Un banco condenado a devolver 45.000 euros

El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza ha condenado al Banco a devolver 45.000 euros al prestatario, tras declarar la nulidad de la cláusula de interés referenciada a IRPH. La sentencia, no firme, pues se puede recurrir, sigue los criterios del dictamen del Abogado General de la Comisión, dictamina que el consumidor no ha sido suficientemente informado del contenido de la cláusula y dice que la cláusula no es clara ni transparente, incumpliendo la Directiva Europea y siendo, en consecuencia una cláusula abusiva

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta