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Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres resuelve que los patinetes eléctricos que circulan a una velocidad superior 25 kilómetros/hora o los que tengan 1000 watios de potencia deben ser considerados ciclomotores. Al igual que estos vehículos, para circular con ellos es necesario tener el pertinente permiso de conducir.